viernes, 29 de marzo de 2019

AUTONOMO deberás escoger una mutua antes del 31 de marzo de 2019

La entrada en vigor del Real Decreto Ley 28/2018 introduce novedades en la cotización y gestión de su incapacidad temporal para los trabajadores inscritos en el RETA. Entre ellas, hoy queremos recordar una importante: Los autónomos tienen que elegir mutua antes del 31 de marzo.

¿Por qué como autónomo tengo que elegir mutua?

Desde el 1 de enero de 2019 se incrementó el tipo de cotización de los autónomos, incluyendo con carácter general la obligación de cotizar un 0,9 % en concepto de contingencias profesionales.
A esto se le sumaron una serie de mejoras sociales:
  • Podrán cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja.
  • Podrán dejar de pagar la cuota a partir del segundo mes de baja por IT y hasta el momento del alta.
Además, la Disposición Transitoria Primera de la citada norma establece que:
“Los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos incorporados a dicho régimen especial con anterioridad al 1 de enero de 1998 y que, de acuerdo con la disposición transitoria vigésima novena del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, hubieran optado por mantener la protección por la prestación económica por incapacidad temporal con la entidad gestora, en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley deberán optar por una mutua colaboradora de la Seguridad Social, opción que deberá efectuarse en los términos previstos en el artículo 83.1.b) de dicho texto refundido, surtiendo efectos desde el 1 de junio de 2019″.
Como esta disposición entró en vigor el 1 de enero, el plazo de 3 meses se agota a finales de este mes. Si todavía no lo has hecho, deberás escoger una mutua antes del 31 de marzo de 2019.
Desde TGSS se están llevando a cabo acciones para informar al colectivo y despachos profesionales para que se realice esta gestión. Por eso, es probable que en estos días hayas recibido una notificación de Seguridad Social recordándote esta nueva obligación.
Muchos autónomos ya tienen escogieron mutua, pero todavía quedan algunos que se dieron de alta hace tiempo, antes de 1998, y que escogieron al INSS para gestionar cualquier cuestión relativa a enfermedad o accidente profesional. Estos autónomos están obligados ahora a escoger una mutua para que se encargue de dichas gestiones.

¿Cómo puedo comunicar la mutua que he escogido como autónomo?

Para indicar tu elección puedes acudir de forma presencial a TGSS o comunicarlo de forma electrónica a través de la sede de Seguridad Social.
Para este trámite tendrás que formalizar una solicitud y aportar el modelo TA 0521, que es el impreso de solicitud para indicar modificaciones, y copia de DNI.
Una vez hayas escogido mutua, debes saber que este cambio tendrá efectos a partir del 1 de junio de 2019.

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